Caso real
Subsecretaría de Derechos Humanos. Apoyo técnico mediante georradar a investigaciones judiciales en curso, causas ROL N°23-2018 y ROL N°549-2023.
Contexto
En causas judiciales vinculadas a exrecintos como el Centro de Internación Provisoria (CIP) San Joaquín y el recinto militar de Cerro Chena (Escuela de Infantería de San Bernardo), cualquier intervención en el subsuelo debe poder justificarse técnicamente antes de ejecutarse. Excavar sin un diagnóstico previo arriesga alterar evidencia y comprometer la cadena de custodia de un sitio que forma parte de un proceso judicial activo.
La Subsecretaría de Derechos Humanos encargó a Geo Radar Chile una prospección geofísica no invasiva en ambos sitios, en el marco de las causas ROL N°23-2018 y ROL N°549-2023, para entregar un antecedente técnico que oriente al equipo forense competente sin necesidad de excavación exploratoria.
Método
El trabajo en terreno se ejecutó mediante grillas de prospección georreferenciadas, con barridos sistemáticos y documentación trazable de cada registro adquirido, siguiendo el mismo protocolo de cadena de custodia aplicado en todos los peritajes forenses de la empresa. El procedimiento no requirió remoción de terreno ni alteración del sitio en ninguna etapa.
Qué se solicitó
El objetivo del estudio fue generar un antecedente técnico mediante prospección geofísica que apoyara la investigación judicial, sin necesidad de excavación exploratoria previa. Los resultados de la prospección forman parte de causas judiciales activas y, por su naturaleza, no se publican ni se detallan en este sitio: corresponden al organismo solicitante y al proceso judicial correspondiente.
Sobre el método de prospección
Diagrama esquemático genérico del tipo de grilla de prospección utilizada. No corresponde a un plano real de los sitios investigados ni incluye coordenadas, registros o resultados del estudio.
Decisión que permitió el estudio
La Subsecretaría de Derechos Humanos optó por una prospección geofísica no invasiva como primer paso antes de cualquier intervención en los sitios, priorizando la preservación de la integridad del lugar y de la cadena de custodia sobre la velocidad de un método invasivo. Esa decisión institucional es la que habilita que un equipo forense oriente su trabajo posterior con un antecedente técnico, en lugar de excavar a ciegas.
Aporte del estudio
El estudio fue entregado como antecedente técnico al organismo solicitante y se incorporó al proceso judicial correspondiente. El estado y las conclusiones de las causas ROL N°23-2018 y ROL N°549-2023 corresponden al Ministerio Público y a la Subsecretaría de Derechos Humanos, no a este sitio.
¿Qué aprendimos?
Conversemos sobre el alcance de su investigación antes de definir el método.
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Prospección GPR no invasiva en el ex centro secreto de detención y tortura, encargada por la Asociación de Memoria y Derechos Humanos Venda Sexy. Mismo protocolo de cadena de custodia, aplicado a un sitio protegido por su valor histórico y testimonial.
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